Aquí encontraras más detalles sobre el artículo SUBVENCIONES CONTRATACIÓN BIZKAIA 2018
1. Objeto de contratación:
-Personas jóvenes hasta 30 años en desempleo e inscritas como demandantes de empleo durante un mes mínimo.
-Los contratos podrán ser indefinidos o de duración determinada mínimo 1 año.
-Con la contratación se tiene que incrementar la plantilla neta de la empresa.
2. Entidades Beneficiarias:
–Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica.
–Empresarios individuales y profesionales.
–Comunidades de Bienes y sociedades civiles.
–Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
Además, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Tener domicilio social, y fiscal, así como el centro de trabajo en el Territorio Histórico De Bizkaia.
– Tener una plantilla inferior a 250 personas.
– No hallarse participada directa o indirectamente en mas de un 25%, por empresas que no reúnan los requisitos anteriores.
– Acreditar residencia habitual en el Territorio Histórico de Bizkaia en caso de empresarios individuales, comuneros y socios en caso de sociedades civiles.
– Hallarse al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.
3. Límite máximo de la ayuda.
– La cuantía de la subvención a cada entidad no podrá rebasar el limite de 70.000€, ni superar un máximo de 10 contrataciones.
4. Acciones subvencionables y requisitos:
– -Los contratos podrán ser indefinidos o de duración determinada mínimo 1 año. Se excluyen los contratos de prácticas, fijos discontinuos y los que no figures la duración mínima de 12 meses.
– Con la contratación se tiene que incrementar la plantilla neta de la empresa. Se comparará el numero de trabajadores en plantilla en el mes de la contratación, con la plantilla media de trabajadores de la empresa en el año inmediatamente anterior a la fecha de contrato.
– Se subvencionarán los contratos formalizados entre el 16 de septiembre de 2017 y el 14 de septiembre de 2018.
– Los contratos podrán ser a jornada completa o parcial (mínimo un 50% de la jornada), desde la fecha de inicio del contrato y durante toda su vigencia.
– Las personas contratadas deberán prestar sus servicios en centros de trabajo en el Territorio Histórico de Bizkaia, además de ser residentes en Bizkaia (este requisito deberá cumplirse durante toda la vigencia del contrato).
– Las personas contratadas deberán acreditar desempleo de un mes inmediatamente antes del inicio del contrato, no se exigirá a las personas becarias de formación practica ni a aquellas personas que hayan trabajado un máximo de 5 días en el mes inmediatamente anterior al de la contratación.
– Sera obligatorio que la formalización del contrato y el alta en SS sean previos a la presentación de la solicitud.
5. Cuantías de las ayudas.
– 25% del salario bruto por el periodo de 12 meses para contratos de duración determinada.
– 35% del salario bruto por el periodo de 12 meses para contratos indefinidos.
– La subvención máxima por contrato será de 7.000€.
– Es salario mínimo subvencionables será 8.000€ para contratos con jornada parcial mínima del 50% y 12.000€ para jornada completa.
DECRETO FORAL DE LA DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA 115/2018 DE 22 DE AGOSTO, PUBLICADO EL 27/08/2018.
Subvenciones para la promoción de la empleabilidad de las personas jóvenes desempleadas del Territorio Histórico de Bizkaia, del ejercicio 2018.