Se ha potenciado el contrato a tiempo parcial y ampliado la reducción de jornada por guarda legal
El gobierno por enésima vez en lo que va de año, ha modificado aspectos importante y vitales de las relaciones laborales entre empresa y trabajadores, todo ello encaminado a facilitar la flexibilidad y sencillez a la contratación, y a combatir el desempleo juvenil.
En primer lugar, se ha modificado el contrato a tiempo parcial, con el objetivo de incentivar al empresario para que pueda hacer uso del mismo, fundamentalmente a través de dos vertientes diferenciadas.
– A partir de esta nueva reforma, la JORNADA LABORAL PODRA AMPLIARSE sustancialmente, siempre que haya acuerdo entre la empresa y el trabajador. Siendo así, estaría permitido aumentar las horas complementarias anuales del 15% actual, hasta un 30%, e incluso, si el convenio colectivo aplicable lo permite, llegar a un 60% de la jornada ordinaria. Esta reforma aumenta considerablemente las posibilidades de las empresas para dar respuesta a las puntas de producción y de demanda a las que vienen sometidos en momentos puntuales del ejercicio, sin tener que abonar horas extraordinarias, ni contratar a nuevo personal, con el coste añadido que conlleva.
– Por otra parte, en la normativa precedente, el empresario debía notificar con un plazo no inferior a 7 dias dicha modificación de la jornada de trabajo, y consecuentemente ello retrasaba la organización de la empresa. Con la nueva reforma, el plazo se reduce sustancialmente a TRES DIAS, lo que permitirá agilizar esencialmente los plazos y las posibilidades de hacer frente a las puntas de trabajo que puedan surgir o se prevean a corto plazo.
En segundo lugar, este tipo de contrato a tiempo parcial, a diferencia de lo permitido anteriormente, se podrá utilizar dentro del contrato conocido como MODELO DE AYUDA A EMPRENDEDORES y recibir importantes bonificaciones fiscales y de Seguridad Social. Hasta la nueva reforma, dicha posibilidad se veía reducida a contratos a jornada completa.
En otro orden de modificaciones, se ha aumentado el periodo que van a disponer las trabajadoras del sector privado (en la Administración ya venían disfrutando de ello) para disfrutar de una REDUCCION DE JORNADA PARA EL CUIDADO DE SUS HIJOS. En la actualidad las trabajadoras podrán solicitar una reducción de jornada para el cuidado de sus hijos por un periodo de DOCE AÑOS (12 años).
Otra de las reformas importantes que ha realizado el legislador, consiste en SIMPLIFICAR LOS MODELOS DE CONTRATOS, reduciéndolos de 42 modalidades a 4. Las mismas son, INDEFINIDO, TEMPORAL, PRACTICAS, y FORMACION – APRENDIZAJE. A pesar de ello, dicha simplificación no es tal, ya que dentro de cada uno de los 4 contratos, el empresario deberá seleccionar entre amplias modalidades, lo que virtualmente complica la “simplificación” de contratos que se alude por parte del legislador.