El Gobierno aprobó el pasado mes de marzo reducir el IVA en los Servicios de Hostelería, entradas de carácter cultural exceptuando el cine, no sin polémica, y las gafas, que tendrán ahora un gravamen del 10% y ya no del 21%.

A partir de este jueves entra en vigor el último cambio legislativo relativo al Impuesto de Valor Añadido (IVA).

  •  Tipos Impositivos Reducidos (10%), nueva aplicación a:
  1. Servicios de Hostelería, acampamento y balneario, servicios de restaurantes: En general al suministro de bebidas y comidas para consumir en el acto, aun si se han elaborado por encargo del destinatario.
  2. Entrada a Bibliotecas, archivos y centros de documentación, museos y galerías de arte, pinacotecas, teatros, circos, festejos taurinos, conciertos y todo espectáculo cultural que tenga consideración de en vivo.
  3. Las gafas, monturas para gafas graduadas, lentes de contacto graduadas y los productos relacionados con su uso y cuidado.
  • Exenciones:
  1. Monedas de colección, siempre que : el importe de venta no sea inferior a su valor facial ( valor que le asignó la casa de impresión). No se aplica esta exención a aquellas monedas de oro que tengas consideración de oro de inversión.

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