La Diputación de Bizkaia ya ha abierto los plazos para solicitar las ayudas de apoyo a la contratación a personas desempleadas mayores de 45 años y a menores de 30 años.
Programa mayores 45 años
¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?
Empresas de Bizkaia, empresari@s individuales o profesionales, comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener el domicilio social y fiscal en Bizkaia.
- Que el centro de trabajo se encuentre dentro del territorio histórico de Bizkaia.
- Tener una plantilla inferior a 250 personas.
- No estar participada en más de un 25% por empresas que no reúnan estos requisitos.
- Acreditar residencia habitual en Bizkaia para empresari@s individuales o profesionales.
- Estar al corriente de pagos en Hacienda y Seguridad Social.
- El contrato subvencionable debe suponer un incremento neto de trabajador@s en la plantilla de la empresa.
¿Cuáles son los requisitos del contrato?
- Contratos de duración determinada: mínimo 6 meses.
- Contratos indefinidos.
- Que se haya formalizado entre el 15 de septiembre de 2018 y el 13 de septiembre de 2019.
- Que la persona contratada sea: Desempleada mayor de 45 años, desempleada con discapacidad, desempleada de larga duración o desempleada en riesgo de exclusión.
¿Cuál es la cuantía?
70.000 euros por entidad, máximo 10 contratos.
¿Dónde y cuando se solicita?
Del 06 de mayo de 2019 hasta el 13 de septiembre de 2019 a la 13:30 horas.
A través de la Oficina Virtual www.bizkaia.eus con certificado digital.
Programa menores 30 años
¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?
Empresas de Bizkaia, empresari@s individuales o profesionales, comunidades de bienes, sociedades civiles, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener el domicilio social y fiscal en Bizkaia.
- Que el centro de trabajo se encuentre dentro del territorio histórico de Bizkaia.
- Tener una plantilla inferior a 250 personas.
- No estar participada en más de un 25% por empresas que no reúnan estos requisitos.
- Acreditar residencia habitual en Bizkaia para empresari@s individuales o profesionales.
- Estar al corriente de pagos en Hacienda y Seguridad Social.
- El contrato subvencionable debe suponer un incremento neto de trabajador@s en la plantilla de la empresa.
¿Cuáles son los requisitos del contrato?
- Contratos de duración determinada: mínimo 12 meses.
- Contratos indefinidos.
- Contratos de formación y aprendizaje.
- Que se haya formalizado entre el 15 de septiembre de 2018 y el 13 de septiembre de 2019.
- Que la persona contratada sea igual o menor de 30 años.
¿Cuál es la cuantía?
70.000 euros por entidad, máximo 10 contratos.
¿Dónde y cuando se solicita?
Del 13 de mayo de 2019 hasta el 13 de septiembre de 2019 a la 13:30 horas.
A través de la Oficina Virtual www.bizkaia.eus con certificado digital.