Se ha publicado la Orden SDM/385/2020, de 2 de mayo, que ha entrado en vigor el domingo 3 de mayo, por la cual se modifica la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la cual se permite llevar a cabo obras que no sean de urgencia en viviendas y locales no habitados cuando se haya delimitado el espacio y recorridos de circulación entre trabajadores y residentes, para que no se produzca interferencia alguna. En caso de que no sea posible esta delimitación del espacio, se deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas para evitar todo lo posible el contacto con los vecinos del inmueble.
  • El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
  • Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias, como el distanciamiento de 2 metros.

Además, se permite el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras.