A continuación, os resumimos los aspectos más importantes de esta ayuda.

¿Quién puede acceder a esta ayuda?

  • Microempresas, pequeñas y medianas empresas que estén desarrollando la actividad comercial en el momento de la solicitud.
  • Los autónomas y autónomos cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial minorista.
  • Con domicilio fiscal y social, así como centro de trabajo, en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • Que dicha actividad se haya visto suspendida totalmente o bien reducidos sus ingresos mensuales comprendidos entre el 14 de marzo y el 13 de abril de 2020, con relación al mismo periodo del 2019, o en su defecto al mes anterior a la declaración del estado de alarma en al menos en un 75%.

¿Qué conceptos son objeto de subvención?

  • Los gastos de alquiler de un único local o finca urbana donde se desarrolla la actividad comercial, del 14 de marzo al 31 de agosto de 2020.
  • Las cuotas (amortización + intereses) de los préstamos hipotecarios o personales destinados a cubrir la compra del local o finca urbana, del 14 de marzo al 31 de agosto de 2020.
  • El gasto de adquisición del stock de producto de temporada Primavera – Verano 2020 adquirido y recepcionado con anterioridad al 14 de marzo de 2020.
  • Gastos corrientes:
    • Los gastos de suministros energéticos, servicios de telecomunicaciones (teléfono, internet) y primas de seguros.
    • Los gastos derivados de la contratación de servicios de asesoramiento y gestión de las ayudas diversas vinculadas al impacto de la COVID-19 en la empresa comercial.
    • Los costes de afiliación a asociaciones comerciales de ámbito local, comarcal, territoriales o CAE, del 14 de marzo al 31 de agosto de 2020.

¿Cuáles son las cuantías individuales de las ayudas?

  • Se subvenciona el 100% de cada uno de los conceptos presentados.
  • El importe máximo de la ayuda a conceder por la totalidad de los gastos presentados a subvención, no sobrepasará los 3.000 euros por entidad subvencionable.
  • En ningún caso, el total de gastos presentados y admitidos a subvención, excluyendo el IVA, será inferior a 750 euros por entidad beneficiaria

¿Plazo de presentación de solicitudes?

  • El plazo de presentación de solicitudes: 30/05/2020 al 29/06/2020.
  • Se presentará una única solicitud por entidad y los gastos corresponderán a un único centro de trabajo o establecimiento.

¿Plazo para la resolución de solicitudes?

Os adjuntamos el link de la web del Gobierno Vasco, así como del boletín oficial del País Vasco para que podáis ampliar la información:

https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/ayuda_subvencion/2020/covid-19-comercio/

https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2020/05/2002092a.shtml