Para contratos formalizados entre el 26/03/2019 y el 01/04/2020, debiendo finalizar el periodo objeto de la ayuda el 30/06/2020.
¿Qué contrataciones serán subvencionadas?
Los contratos con una duración mínima de 3 meses bajo cualquier modalidad (con la excepción de los contratos para la formación y el aprendizaje) con un mínimo del 50 % de la jornada.
A efectos de computar la duración del contrato se tendrá en cuenta las prórrogas siempre que el contrato inicial sea de al menos de 3 meses.
Deben suponer creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente 3 meses anteriores a la contratación.
¿Qué requisitos deben cumplir las empresas?
- Sede social en Santurtzi, o bien, no teniéndola disponer de centro de trabajo en Santurtzi.
- Estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y con el Ayto de Santurtzi.
- No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones.
- No podrán ser beneficiarias: Las que incurran en alguna circunstancia del Art.13 Ley 38/2003 (Ley Gral de Subvenciones).
Entidades sin animo de lucro.
Administraciones y Sociedades públicas.
Centros especiales de empleo.
¿Qué requisitos deben cumplir los trabajadores?
- Desempleados empadronados en Santurtzi.
- Colectivos especiales (además de desempleados y empadronados en Santurtzi): Perceptores titulares RGI.
Menores de 35 años.
Desempleados de larga duración.
Mayores de 55 años - No serán objeto de subvención familiares hasta 2º grado del empresario. Tampoco la contratación por la misma empresa de un mismo trabajador si ha sido subvencionado en convocatorias anteriores.
¿Cuáles son las cuantías de esta ayuda?

Concurrencia con otras ayudas.
Incompatibles con cualquier tipo de ayuda por el mismo concepto y finalidad excepto las bonificaciones otorgadas por la SS.